Animalismo: desacralizar la vida humana
Carlos Isla Marín
Estar, nº 328, junio 2021, pp.14-15.
Una de las ideologías que nos va colonizando progresivamente es el animalismo. Mucho de su trabajo ya está hecho. Si preguntáramos en nuestro entorno, inclusive a nosotros mismos, nos encontraríamos con que la inmensa mayoría reconocemos sin ningún pudor que los animales tienen derechos. Y si nos preguntaran por la razón de tal afirmación, responderíamos que tienen sentimientos como nosotros y, por ello, derechos.
Animales no humanos y animales humanos
Todo comenzó el 5 de abril de 1973 con la publicación de la recensión del libro Animals, Men and Morals debida a la mano de Peter Singer. Recensión encargada por el matrimonio Godlovitch –coautores del libro- que contribuyeron a la conversión de Singer y su mujer Renata a la causa animalista. Tras su publicación, Singer concibió la idea de escribir un libro que defendiera la causa, así en 1975 se publicó Liberación animal que se convertiría en la Biblia animalista.
En él, Singer, defiende las siguientes ideas:
- Los animales son denominados animales no humanos. El hombre -según los presupuestos darwinistas que él defiende- es única y exclusivamente un animal.
- Al igual que existen diferencias entre hombres y mujeres que no afectan a su reconocimiento como iguales, las hay entre el animal humano y el animal no humano pero no deben afectar al reconocimiento de los animales no humanos como iguales.
- La igualdad es una idea moral, no la afirmación de un hecho. Es una norma relativa a cómo deberíamos tratar a los seres humanos.
- Cualquier intento de no extender este principio moral a los animales no humanos debe ser calificado como especismo: un prejuicio o actitud parcial favorable a los intereses de los miembros de nuestra propia especie y en contra de los de otras. Prejuicio equivalente al racismo o al sexismo.
- Singer se alinea dentro de la ética utilitarista cuya norma moral fundamental es: “El mayor bien al mayor número”. Entendiendo el bien como placer. Ahora bien, el mayor placer es el mínimo dolor. (Siempre en clave de mayoría).
- Ya que el animal no humano puede sufrir, pertenece a la comunidad de los sintientes y, en consecuencia, tiene derechos morales.
Desde estas ideas, surge el 23 de septiembre de 1977, la Declaración Universal de los Derechos del Animal que, tomando como modelo la Declaración Universal de los Derechos Humanos, intenta que se lleve a la práctica lo que Liberación animal planteaba. No podemos afirmar que esta declaración haya sido redactada por el propio Singer pero es innegable que su mano anda por detrás.
Singer es consciente de que a lo largo de los años se va consiguiendo el cambio de mentalidad y de lenguaje necesarios aunque no es tan optimista en lo que al cambio de hábitos se refiere. Y también de que la discusión que recoge en su libro –y en sus escritos posteriores- tiene pequeño recorrido ya que solo se produce entre intelectuales. De ahí que su visión haya sido siempre la de la necesaria acción política para producir un cambio cultural: los movimientos animalistas.
Personas no humanas y personas humanas
Esta acción toma una deriva particularmente interesante a partir de 1993 con la creación, junto con Paola Cavalieri, del Proyecto Gran Simio cuyo objetivo es que los grandes primates sean declarados como personas no humanas. En 2010, Paola Cavalieri, creará el Grupo de Helsinki con la pretensión de que los cetáceos sean considerados como personas no humanas.
Tocamos aquí con la finalidad fundamental de Singer y sus seguidores: realizar un cambio cultural en el que la noción de persona se desacralice ya que esta aberrante noción, siendo una de las aportaciones fundamentales del cristianismo a la civilización occidental, impide el desarrollo de sociedades moralmente dignas. (Recordemos que el paradigma moral de Singer es el utilitarismo cuya finalidad es la búsqueda del bien social entendido en claves de placer-bienestar).
No todo ser humano es persona
La persona no nace, se hace. Y, ¿quién la hace? El cuerpo social al otorgarle derechos. De ahí que los derechos fundamentales –derechos humanos- no sean más que derechos sociales. Así, uno nace ser humano pero la sociedad es la que puede constituirle o no como persona y, en el caso de que le otorgue tal condición social, si es necesario, también puede destituirle de ella.
¿Cuál es el criterio para otorgar o denegar tal condición? Lo que Singer denomina utilitarismo de la preferencia. A saber, la relación del individuo con la sociedad es una relación de beneficio-coste. Si se presume que el beneficio aportado será mayor que el coste, uno será aceptado en el club de los derechos -será considerado persona- pero cuando se invierta esa relación, la sociedad tiene el deber moral de sustraerle esa condición. De ahí que el aborto, la eutanasia y la eugenesia sean deberes morales incontestables de toda sociedad digna de llevar tal nombre.
Desde lo dicho podemos comprender el objetivo de la causa animalista: desacralizar la vida humana.
¿Son los animales personas? ¿Se debe hablar de dignidad animal? ¿Tienen derechos los animales?
Los animales no son personas pero tampoco cosas. Todos percibimos con claridad que toda persona es un ser único, irrepetible e insustituible. Y en razón de lo que se nos da decimos que toda persona tiene dignidad (valor absoluto, no relativo). Es decir, vale por sí misma y no en razón de otro. La persona no se hace, nace. Desde el momento de su concepción y hasta el de su desaparición total -si esto es posible- se es persona. Y esa dignidad es la que fundamenta el hecho de que la persona debe ser tratada como tal. Eso es lo que queremos decir cuando invocamos que las personas tienen derechos fundamentales (humanos) y lo que queremos indicar al expresar que tales derechos son inalienables -no pueden ser creados ni otorgados por nadie y, en consecuencia, cualquier atentado contra ellos es un atentado contra la persona.
Mas los animales no son cosas. Las cosas tienen valor relativo absoluto -el que nosotros les damos en función de nuestros intereses- pero el valor de los animales es relativamente relativo. No lo creamos, nos lo encontramos. Comprendemos que el valor del animal está en función de la naturaleza en su totalidad, del ecosistema propio y de su especie. De ahí que podamos afirmar que el animal no tiene dignidad (valor absoluto) y, por lo tanto, no tiene derechos fundamentales. Lo que no atenta contra el respeto debido a los animales. Un animal debe ser tratado como animal y nunca como cosa. Tampoco como persona.
Ya lo decía bien Sto. Tomás de Aquino: “... el que está hecho a sentir compasión de los animales, muy dispuesto se halla a sentirla por los hombres”( SummaTheologiae, I-II, q. 102, Resp. 8).
Dicho de otro modo: El que no sabe tratar a su perro como perro, no sabrá tratar a una persona como persona.




